Desde Ando Sataute, alarmados por la gravísima situación que atraviesa HASSANA AALIA, un saharaui condenado injustamente a cadena perpetua por un Tribunal Militar marroquí, presentamos el pasado mes de diciembre una moción al Pleno Municipal, para pedir al Ministerio del Interior la reconsideración de asilo político y la protección internacional para este activista que lucha pacíficamente por el derecho de autodeterminación del pueblo saharaui. Los 17 concejales y concejalas del Ayuntamiento Satauteño, de los grupos políticos de Ando Sataute, PP, CxS, UxGC, PSOE, NC, C’c y CDD, aprobaron por unanimidad esta moción, mostrando la preocupación por la vulneración de los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental por parte del Gobierno de Marruecos y exigiendo el final de esta situación de represión y la puesta en libertad de todas las presas y los presas políticos saharauis.
Mientras en Canarias sonaba el despertador como cualquier lunes laboral, aquel lunes día 8 del mes de noviembre de 2010, a las seis de la mañana, el Ejército marroquí comenzaba a lanzar gases lacrimógenos, a quemar las jaimas y a sacar a la gente por la fuerza. «Nos atacaron de madrugada. No hemos podido hacer nada. Nos hemos llevado palos y palos», relató a ELMUNDO.es Sidi, un saharaui que lleva en el campamento desde el segundo día. El Ejército marroquí desmantelaba por la fuerza el campamento de protesta de ‘Gdeim Izik’ en el que 20.000 saharauis reivindicaban una mejora de sus condiciones sociales y económicas. «Se está agrediendo a todo el mundo, niños, mujeres, hombres, ancianos. Es una lucha cuerpo a cuerpo contra todos los ciudadanos saharauis —relataba a ELMUNDO.ES, con voz entrecortada y con angustia, Sidi, vía telefónica mientras actuaba el ejército marroquí aquella fría mañana—. Están destruyendo las jaimas y una parte del campamento está ardiendo. Las mujeres están aterrorizadas, pero no quieren huir porque temen que maten a sus maridos y a sus hijos». HASSANA AALIA estaba allí, con los suyos, con su familia.

Portada de la entrevista a Hassana Aalia en la revista Interviu
Esta es la historia de Hassana
HASSANA AALIA, nació en El Aaiún en 1988, y es activista desde los 17 años. Participó en 2010 junto con aproximadamente 20.000 saharauis en “Gdeim Izik”, el campamento de protesta pacífica más importante en la historia del Sahara Occidental constituido en el Territorio No Autónomo. Fue uno de los cientos de detenidos a consecuencia de esa participación, y juzgado en 2011 por un Tribunal Penal marroquí en la ciudad de El Aaiún, sentenciado y condenado a cuatro meses de prisión, sin ejecución, esto es, disponiendo el propio tribunal sentenciador el no ingreso en prisión del condenado.
En octubre de 2011, HASSANA tiene la oportunidad de participar en Bilbao en un proyecto de formación para jóvenes activistas saharauis, ciudad a la que se desplaza, documentado formalmente. Cuando le faltan dos meses para regresar a El Aaiún, el Gobierno marroquí emite orden de busca y captura contra HASSANA acordando su detención por los mismos hechos por los que ya había sido juzgado y condenado. No sin dolor, HASSANA tiene que decidir no regresar a su tierra, al Sáhara Occidental, e inicia los trámites de solicitud de Asilo Político al Gobierno Español. Desde entonces recorre el territorio del Estado español para dar a conocer la violación de los derechos humanos a la que el régimen marroquí somete diariamente al pueblo saharaui, participando en conferencias, seminarios y actos públicos con ese objetivo.
Exilio o Cadena Perpetua
El 17 febrero de 2013 el Tribunal Militar Permanente de Rabat, tras más de una semana de juicio, emite sentencia contra 25 civiles saharauis acusados de haber organizado “Gdeim Izik”, el campamento de la dignidad. Entre ellos HASSANA AALIA, que permanece en España, es juzgado en rebeldía y condenado a “Cadena Perpetua”.
Juristas internacionales de reconocido prestigio, y múltiples organismos a nivel internacional han denunciado públicamente y de forma unánime que el procedimiento seguido en el juicio de este Tribunal Militar, no cumplió las garantías mínimas para considerarlo un juicio justo, vulnerándose el derecho a la defensa, el principio de contradicción, el derecho a un tribunal independiente, el derecho a la tutela judicial efectiva y contraviniendo, entre otros, el artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Del mismo modo, tal como informan organismos y juristas internacionales, de conformidad con la legalidad este Tribunal Militar Marroquí sentenciador carece de competencias para enjuiciar a los veinte y cinco civiles saharauis, constituyéndose en un “Tribunal de Excepción” prohibido expresamente por el artículo 127 de la vigente Constitución Marroquí, y por el IV Convenio de Ginebra que obliga al enjuiciamiento de la población del territorio ocupado en dicho territorio.
Esta segunda sentencia de la jurisdicción militar marroquí contra HASSANA en 2013, que lo condena a Cadena Perpetua, sin haber sido oído, y por los mismos hechos por las que se le había condenado a cuatro meses de privación de libertad sin cumplimiento en el año 2011, se cimienta en una acusación infundada, que viola frontalmente el principio de contradicción, el derecho de defensa, el consagrado principio y derecho de no ser enjuiciado dos veces por una misma causa (“non bis in idem”).
Además, a las irregularidades referidas, se añade la imposibilidad, impuesta por Marruecos, de interposición de Recurso Ordinario contra la sentencia dictada por el tribunal militar, que sitúa a HASSANA en una mayor indefensión y vulnerabilidad frente al régimen marroquí.
Entre los organismos que actuaron como observadores en el juicio, se encontraban: Amnistía Internacional, Human Rights Watch, el Consejo General de la Abogacía Española, La Asociación Internacional para las observadoras y observadores de los DDHH, eurodiputadas/os, la Comisión de Asuntos Exteriores del Parlamento Europeo.
El 19 de enero de 2015 se le notifica a HASSANA desde el Ministerio del Interior la denegación la protección internacional solicitada, y le emiten una orden de salida del Estado español obligatoria en un plazo máximo de 15 días. Esta resolución es recurrido por HASSANA , a través de los servicios jurídicos de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), y por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de España se dicta Medida Cautelar disponiendo la suspensión de la ejecución de la orden de salida, dejando sin efecto la acordada anteriormente.
La resolución que le llega a HASSANNA, reconoce que éste es un activista de la causa saharaui, que pertenece a la “Asociación Saharaui de Víctimas de Violaciones Graves de Derechos Humanos cometidas por el Gobierno Marroquí”, y que tanto HASSANA, como la Asociación, llevan a cabo su activismo de forma pacífica. La resolución igualmente reconoce que HASSANNA, desde los 17 años ha sufrido detenciones y malos tratos cuando no torturas, por parte de la policía marroquí.
Por lo tanto, HASSANNA cumple ampliamente con los requisitos establecidos para obtener el “estatuto de refugiado”. Sin embargo la resolución que se le ha notificado a HASSANNA, apoyándose y sin cuestionar la sentencia del tribunal militar de Rabat, decide negarle este derecho establecido en la ley 12/2009 que establece y regula el derecho al asilo en el Estado español.

Hassana Aalia fue condenado a cadena perpetua el 17 de febrero 2013 por la justicia marroquí.
De procederse a la entrega de D. HASSANNA AALIA al reino de Marruecos, éste se enfrentaría al cumplimiento de una pena de cadena perpetua impuesta en rebeldía y a un riesgo de sufrir torturas y tratos inhumanos o degradantes proscritos en el artículo 3 de la Convención contra la Tortura de 1.984, artículos 6 y 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, también ha apoyado expresamente la solicitud de protección de HASSANNA.
La reconsideracion del Ministerio del Interior
Todo esto ha dejado a HASSANNA en gravísima situación, provocando que infinidad de instituciones públicas y colectivos sociales, Insten al Ministro del Interior a reconsiderar la petición de asilo político de HASSANA AALIA, aceptando su petición de protección internacional según lo establecido en la Ley 12/2009, dado que si vuelve a su país será castigado duramente por las autoridades ocupantes marroquíes y no volverá a salir de prisión en lo que le queda de vida, y ello porque es una persona activa políticamente, de reconocimiento internacional que lucha pacíficamente por el derecho de autodeterminación del pueblo saharaui.
Este acuerdo del Pleno Municipal de Santa Brígida, se le dio traslado a La Casa Real de España; Al Presidente del Gobierno de España; Al Ministerio del Interior del Gobierno de España; Al Ministerio de Asuntos Exteriores de España; Al Consulado de Marruecos en Canarias; A la Embajada de Marruecos en España; A la Misión Permanente de España ante Naciones Unidas; Al Enviado Personal para el Sáhara Occidental del Secretario General de Naciones Unidas; A la Delegación de ACNUR en España; Al Presidente del Parlamento Europeo y Al Presidente del Consejo Europeo.
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