El Supremo le dice a FCC que no puede seguir cobrando a Santa Brígida por la “Mole” que no terminóEl Supremo le dice a FCC que no puede seguir cobrando a Santa Brígida por la “Mole” que no terminóEl Supremo le dice a FCC que no puede seguir cobrando a Santa Brígida por la “Mole” que no terminóEl Supremo le dice a FCC que no puede seguir cobrando a Santa Brígida por la “Mole” que no terminó
  • Grupo Municipal
  • Personas
  • Programa
  • Actualidad
  • Asamblea
  • A debate
  • En Acción
  • Área de afiliación
    • ENTRAR
    • AFÍLIATE o DONA
0

Por segunda vez, un Tribunal de Justicia le dice a la empresa FCC (empresa que lidera la UTE Santa Brígida) que no puede seguir sangrando las arcas públicas del Ayuntamiento de Santa Brígida. El Supremo rechaza que la constructora siga cobrando al pueblo satauteño 3.743 euros diarios por la obra de la ‘mole’ que no terminó en su momento y no podrá terminar porque no cuenta con el amparo legal para hacerlo.

Hace unos días, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección Primera del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del pasado mes de octubre por la que desestimaba la pretensión de la UTE Santa Brígida que pretendía ampliar a nuevos vencimientos la indemnización que por sentencia había conseguido la citada UTE y que suponía que el Ayuntamiento tendría que pagar 3743 euros por día adicional de paralización de la obra de la ‘mole’ desde el 17 de marzo de 2011, con lo que se sitúa el final de ése ‘suma y sigue’ en el 22 de julio de 2014. La ratificación de esta sentencia evita al Ayuntamiento de más de casi 4 millones de euros que se sumarían a otros 4,5 millones por este concepto y, además, el Supremo condena en costas a la UTE. La sentencia del Supremo viene a ratificar y hacer firme la emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

La Sala del Supremo que abordó el recurso de casación preparado por la representación de la UTE Santa Brígida contra la sentencia emitida el 18 de octubre pasado, ha estado formada por nueve magistrados, siendo el ponente Jesús Cudero Blas. La decisión de esta Sala ha sido no admitir a trámite en aplicación de lo dispuesto en el artículo 90.4.d de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa. “Y ello por cuanto el recurso que se prepara carece de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”.

Aunque esta sentencia supone un respaldo a las tesis municipales, con un ahorro cercano a los cuatro millones de euros, la UTE tiene que recibir en veinte meses ocho millones de euros como indemnización y otros 4,5 millones por perjuicios, por un sentencia de la legislatura pasada.

 

¿Cómo reaccionas a esta noticia?
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
Facebook Twitter Email Telegram
Compartir
Compartir

Nos interesa tu comentario Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Actualidad

Programa

Candidatos

Asamblea

Date de alta en nuestro boletín para estar al tanto de todo lo que sucede en la vida política y social de la Villa de Santa Brígida

Revisa tu bandeja de entrada o la carpeta de spam para confirmar tu suscripción.

#TRABAJANDOPORSANTABRIGIDA

colabora: AFÍLIATE o DONA


Ando Sataute

Buscar en la web

© 2021 Ando Sataute | Condiciones de uso | Política de Cookies | Política de Privacidad
    0

      Utilizamos cookies propias y de terceros para el correcto funcionamiento del portal web y sus complementos, además de realizar analíticas de navegación.
      Amplía más información sobre esta tecnología visitando nuestra política de cookies

      Resumen de privacidad

      Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

      Cookies estrictamente necesarias

      as cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

      Estas cookies son:

      • Cookie de inicio de sesión
      • Cookies de seguridad
      • Aceptación/Rechazo previo de cookies

      Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.

      Cookies de terceros

      Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

      Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.

      ¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

      Política de cookies

      Más información sobre nuestra política de cookies